Estudios de contaminación de suelos

Qué son los estudios de contaminación de suelos y qué legislación los rige?

La legislación nacional (en especial el Real Decreto 9/2005) y de las diferentes comunidades autónomas exige la elaboración de un estudio de la contaminación del suelo,  y tiene por objetivos:

  1. Establecer una relación de actividades que, por las sustancias que manejan, los residuos que producen o los combustibles que consumen podrían, siempre y cuando no se tomen las medidas adecuadas, llegar a contaminar el suelo. Estas actividades se han denominado “actividades potencialmente contaminantes”.
  2. Adoptar criterios y estándares para la declaración de suelos contaminados. El hecho de que se haga referencia a “suelos contaminados” en sentido general, sin establecer ningún tipo de limitación, manifiesta que los criterios y estándares dados en el Real Decreto son de aplicación a todo suelo en el que se sospeche que puede existir contaminación, es decir, sea una actividad potencialmente contaminante la causa de la contaminación o no.

estudios contaminación suelosEste decreto es de aplicación en los siguientes suelos:

  1. Uso industrial del suelo: aquel que tiene como propósito principal el de servir para el desarrollo de actividades industriales, excluidas las agrarias y ganaderas.
  2. Uso urbano del suelo: aquel que tiene como propósito principal el de servir para el desarrollo de las actividades de construcción de viviendas, oficinas, equipamientos y dotaciones de servicios, y para la realización de actividades recreativas y deportivas.
  3. Otros usos del suelo: aquellos que, no siendo ni urbano ni industrial, son aptos para el desarrollo de actividades agrícolas, forestales y ganaderas.

Y siempre debe tramitarse previa al comienzo de inicio de actividades o para renovar la licencia de las mismas.

Quien debe elaborar estos informes? 

Los titulares de las actividades relacionadas en el anexo I estarán obligados a remitir al órgano competente de la Comunidad Autónoma correspondiente, en un plazo no superior a dos años, un informe preliminar de situación para cada uno de los suelos en los que se desarrolla dicha actividad, con el alcance y contenido mínimo que se recoge en el anexo II.

estudios contaminación suelosAsimismo, deberán presentar el informe preliminar de situación aquellas empresas que producen, manejan o almacenan más de 10 toneladas por año de una o varias de las sustancias incluidas en el Real Decreto 363/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento sobre notificación de sustancias nuevas y clasificación, envasado y etiquetado de sustancias peligrosas, y los almacenamientos de combustible para uso propio, según el Real Decreto 1523/1999, de 1 de octubre, por el que se modifica el Reglamento de instalaciones petrolíferas, aprobado por Real Decreto 2085/1994, de 20 de octubre, y las instrucciones técnicas complementarias MI-IP03, aprobada por el Real Decreto 1427/1997, de 15 de septiembre, y MI-IP04, aprobada por el Real Decreto 2201/1995, de 28 de diciembre, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.

Es por ello que el Real Decreto, define la  Actividades potencialmente contaminantes del suelo como  aquellas actividades de tipo industrial o comercial en las que, ya sea por el manejo de sustancias peligrosas ya sea por la generación de residuos, pueden contaminar el suelo. A los efectos de este Real Decreto, tendrán consideración de tales las incluidas en los epígrafes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas según Real Decreto 1560/1992, de 18 de diciembre, por el que se aprueba la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE-93), modificado por el Real Decreto 330/2003, de 14 de marzo, mencionadas en el anexo I, o en alguno de los supuestos del artículo 3.2.

 

y a efectos prácticos, qué actividades son estas?

Las que están incluidas en los siguientes supuestos:

  • Que su código CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas), este incluido en la lista que se presenta en el Anexo I del Real Decreto. Ver la lista.
  • Que la empresa produzca, maneje o almacene más de 10 toneladas por año de alguna sustancia peligrosa (incluidas en el Real Decreto 363/1995).
  • Que se disponga de un almacenamiento de combustible para uso propio, con un consumo anual medio superior a 300.000 litros y con un volumen total de almacenamiento igual o superior a 50.000 litros.
  • Los propietarios de los suelos en los que se haya desarrollado en el pasado alguna actividad potencialmente contaminante cuando soliciten licencia o autorización para el establecimiento de alguna actividad diferente de las actividades potencialmente contaminantes o que supongan un cambio de uso del suelo.

 

 ¿Qué sanciones tendrías en caso de incumplimiento?

  • IMG_0234Leve hasta 601 €;
  • Grave de 601 € a 30.050,60 € e inhabilitación para el ejercicio de la actividad durante 1 año; y
  • Muy Grave de 30.050,60 € a 1.202.024,21 € e inhabilitación para el ejercicio de la actividad entre 1 y 10 años.

 

Qué servicios prestamos?

En Pleiades Ingeniería y Consultoría, S.L. elaboramos informes, estudios y proyectos de contaminación de los suelos para el cumplimiento de la legislación vigente en toda España; siendo nuestros  clientes Administraciones Públicas, empresas y particulares.

Dentro de los estudios que realiza nuestra empresa los más frecuentes son los informes preliminares de suelos, informes de caracterización analítica, edafológicos, de riesgos, o de recuperación de suelos contaminados entre otros.

El contenido de estos estudios es muy variable según el tipo de estudio y las características específicas de cada caso.

Los estudios de suelos previos requieren una exhaustiva investigación documental que, en algunos casos, incluye estudios históricos de fotografías aéreas. El objeto de estos estudios es determinar la probabilidad, sin realizar análisis de laboratorio, de que un suelo esté contaminado. Son los conocidos como informes preliminares de suelos.

Posteriormente realizamos una variedad de estudios que si incluyen la toma de muestras de suelo (y agua si existiera un nivel freático elevado) para determinar las características exactas de contaminación de un suelo.

Son los llamados estudios de caracterización analítica.

En el caso de encontrar el suelo contaminado es frecuente la realización de proyectos de análisis de los riesgos que lleva asociada esa contaminación sobre la población y los ecosistemas.

Por último y en el caso de que el riesgo exceda lo permitido por las leyes es necesario realizar la recuperación de esos suelos contaminados basándose en estudios detallados donde aparece la metodología a seguir.

Los estudios de suelos también suelen ser requeridos, como documentación complementaria, en muchos estudios de impacto ambiental e informes de sostenibilidad ambiental, cuando la actividad es potencialmente contaminante de los mismos.

El asegurar la conservación de la calidad de los suelos y evitar la contaminación de la tierra o de los acuíferos es indispensable para mantener la calidad medioambiental de las zonas urbanizadas.

La Ley de Responsabilidad Medioambiental también exige cuantificar los riesgos de contaminación que se pueden producir sobre los suelos, así como tomar las medidas preventivas necesarias para evitar cualquier vertido accidental.
Si precisa de la realización de cualquiera de los estudios, informes o proyectos de suelos  contaminados enumerados anteriormente contacte con nuestra Pleiades Ingeniería y Consultoria, S.L.